Novedades: Permiso de paternidad para autónomos 2019

Si en este año 2019 eres padre, o vas a serlo, no debes perder detalle de todo lo que afecta a tu permiso de paternidad.

La duración se amplió hace tan solo unos meses, pero ya se prevén nuevos cambios. Además, tienes nuevas deducciones que disfrutar en tu IRPF.

Te damos las claves de todo lo que debes saber sobre el permiso de paternidad para autónomos.

Permiso de paternidad 2019

El permiso de paternidad es una ayuda que ofrece el Estado para poder conciliar el recién estrenado estado paternal con la actividad por cuenta propia. De manera que se pueda disfrutar con el nuevo hijo mientras que tienes asegurado un dinero en el tiempo en que tu actividad esté paralizada.

Los requisitos para poder disfrutarlos son:

  1. Estar dado de alta tanto en Seguridad Social como en Hacienda, y al día de tus pagos.
  2. Comunicar en un plazo máximo de 15 días el nacimiento del hijo.
  3. Tener un mínimo de tiempo cotizado: 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de la baja, o, alternativamente, 360 días a lo largo de tu vida laboral.

No se trata de una ayuda que viene de la mano del nacimiento solamente. También será aplicable a aquellos padres que se estrenen como tal mediante adopción o acogimiento.

¿Y cuánto cobrarás? Pues un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora establecida para la prestación por incapacidad temporal.

La norma general establece que esa base reguladora será el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador, por el número de días a que dicha cotización se refiere, por tanto, los 30 del mes.

Además, durante el descanso por paternidad te beneficiarás de una bonificación del 100% en la cuota de autónomos.

Duración del permiso de paternidad 2019

En julio del año pasado 2018 la duración del permiso de paternidad se vio ampliado, desde los 28 días naturales, hasta las 5 semanas. Un tiempo que aumenta en dos días por cada hijo a partir del segundo.

En los Presupuestos Generales del Estado 2019 entregados por el Ejecutivo de Pedro Sánchez al Congreso, se contempla una nueva ampliación, incrementando el tiempo desde las vigentes 5 semanas a 8 semanas.

En la actualidad los PGE 2019 están en manos del poder Legislativo para ser estudiados, enmendados, modificados y, posteriormente, aprobados. Algo que llegaría, como pronto, a mediados del mes de marzo. Por lo que habrá que esperar todavía para si llega a buen puerto esta medida.

Y mientras en España hablamos de 8 semanas, hace unos días conocíamos que la Unión Europea también ha tomado cartas en el asunto y quiere que los hombres puedan acceder a un permiso de paternidad retribuido de cuatro meses, equiparándolo al permiso de maternidad de las mujeres.

De ellos, dos serán intransferibles entre el padre y la madre y retribuidos según lo decida cada Estado miembro.

La institución comunitaria también insta a los gobiernos de los estados miembro a establecer medidas en pos de la conciliación familiar en las que padres y madres con hijos de hasta 8 años puedan reducir sus jornadas o adquirir mayor flexibilidad laboral.

Devolución y deducción en el IRPF

Hace pocos días os anunciábamos que se abría el segundo plazo para recuperar el IRPF del permiso de paternidad de los años 2016 y 2017. Se unía al que se inició en el pasado mes de diciembre para los que fuisteis padres y madres en los años 2014 y 2015.

Y es que, en ese mes, el Tribunal Supremo confirmó que las prestaciones concedidas por la Administración en caso de maternidad, adopción, acogimiento o hijo a cargo están exentas de IRPF. Un criterio distinto al que se había mantenido hasta el momento.

De hecho en un primer momento, solo se contempló la devolución del IRPF en el tiempo durante la baja de maternidad, y no de paternidad. Un criterio que fue posteriormente rectificado y ampliado también a los padres.

Cheque guardería

Recién estrenada esta medida te conviene si tienes hijos de 0 a 3 años. Es lo que se ha bautizado como “cheque guardería”.

Se trata de una nueva deducción en el IRPF de hasta 1.000 euros en concepto de gastos por la manutención y estancia de tus hijos en guarderías o centros infantiles autorizados.

Una iniciativa que beneficia, en primer lugar, a madres trabajadoras, pero de la que te puedes beneficiar si eres tú el que tiene la custodia de los hijos. O si ambos hacéis la declaración de la renta conjunta.

Y si tienes menores a cargo…

Puedes optar a 12 meses de bonificación del 100% de la cuota de autónomos en caso de que vayas a cuidar a un hijo menor de 12 años. También disponible si a quien cuidas es a un familiar de hasta segundo grado (por afinidad o consanguinidad) con dependencia o discapacidad en un grado mínimo del 33%.

Si en el tiempo de vigencia de la bonificación, tu hijo cumpliera los 12 años, puedes seguir disfrutando de esta medida hasta el periodo máximo.

La cara cruz es que esta bonificación sujeta a la contratación. Es decir, estarás obligado a mantenerte dado de alta en el RETA y contratar a alguien que te sustituya durante los 12 meses que dura el permiso. Además, concluido este periodo de 1 año, tienes la obligación de permanecer durante 6 meses más, mínimo, dado de alta.

Como puedes comprobar, los padres autónomos también disfrutáis de medidas para paliar la pérdida de ganancia durante el periodo de paternidad y aun posteriormente en el cuidado de los hijos en pos de la conciliación.

Si necesitas ayuda para gestionar el papeleo de tu paternidad o cualquier otro del que precise tu negocio, no dudes en confiar en eMe Gestión, asesoría online para autónomos.

Fuente: https://infoautonomos.eleconomista.es

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